{"id":8680,"date":"2026-03-28T12:52:15","date_gmt":"2026-03-28T12:52:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.torrijos1831.com\/?p=8680"},"modified":"2026-04-04T10:49:44","modified_gmt":"2026-04-04T10:49:44","slug":"el-general-jose-maria-torrijos-y-otros-distinguidos-constitucionalistas-decimononicos-sufrieron-los-rigores-y-maltratos-en-las-carceles-inquisitoriales-durante-el-sexenio-absolutista","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.torrijos1831.com\/?p=8680","title":{"rendered":"El general Jos\u00e9 Mar\u00eda Torrijos y otros distinguidos constitucionalistas decimon\u00f3nicos, sufrieron los rigores y maltratos en las c\u00e1rceles inquisitoriales, durante el Sexenio Absolutista."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">Asociaci\u00f3n Torrijos 1831\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a029\/03\/2026<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">A finales de 1817, el general Jos\u00e9 Mar\u00eda Torrijos y Uriarte fue trasladado a la c\u00e1rcel de la Inquisici\u00f3n de Murcia, donde comparti\u00f3 l\u00f3bregos calabozos con significativos constitucionalistas, como Romero Alpuente o Ignacio L\u00f3pez Pinto, entre otros. Todos ellos eran ilustrados, hombres partidarios de que nuestro pa\u00eds tuviera las mejoras pol\u00edticas y sociales, necesarias, que emanaron de nuestra primera Constituci\u00f3n de 1812. Aquella Constituci\u00f3n que, precisamente, hab\u00eda acabado en 1812 (gracias al voto de 90 diputados contra 60), con el terror inquisitorial de abusos contra el g\u00e9nero humano, con que hab\u00eda sometido a nuestro pa\u00eds durante m\u00e1s de tres siglos, y que con el regreso al poder absoluto propiciado por el monarca Fernando VII, en 1814, de nuevo hab\u00eda sido restaurada para desgracia de los espa\u00f1oles. Precisamente, a partir de ah\u00ed, la Inquisici\u00f3n vel\u00f3 por la prisi\u00f3n y el maltrato diario de todo aquel que, en los a\u00f1os anteriores se hubiera manifestado a favor del sistema constitucional. Los prisioneros de la c\u00e1rcel inquisitorial de Murcia, as\u00ed como otros tantos liberales internados en otros centros inquisitoriales de diferentes lugares de Espa\u00f1a, salvaron sus vidas gracias al pronunciamiento de Rafael de Riego, llevado a cabo en enero de 1820.<\/span><\/strong><br \/>\n<strong><span style=\"color: #000000;\">Dicho esto, repasemos qu\u00e9 fue la Inquisici\u00f3n espa\u00f1ola, y c\u00f3mo se convirti\u00f3 en el brazo represivo de la monarqu\u00eda de los Reyes Cat\u00f3licos, as\u00ed como de las dinast\u00edas, Austria y Borb\u00f3nica, hasta ser abolida definitivamente en 1834, cuando ya Europa llevaba a\u00f1os metida en la Revoluci\u00f3n Industrial ( es una comparativa para ver atraso y progreso).<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #800000;\"><strong>La Inquisici\u00f3n espa\u00f1ola.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">En estos tiempos que corren, han proliferado de forma variada y a trav\u00e9s de los medios de comunicaci\u00f3n, los defensores de la Inquisici\u00f3n espa\u00f1ola, bien \u201cmaquillando\u201d, dulcificando o minorizando su siniestra trayectoria; para, en definitiva, quitar importancia a la actividad de terror y represiva que ejerci\u00f3 tal instituci\u00f3n, con el nombre de Tribunal del Santo Oficio de la Inquisici\u00f3n, desde su fundaci\u00f3n en 1478 por decisi\u00f3n de los Reyes Cat\u00f3licos, hasta su abolici\u00f3n definitiva el 15 de julio de 1834, durante la regencia de Mar\u00eda Cristina de Borb\u00f3n, encuadrada en el inicio del reinado de Isabel II, y ya muerto el nefasto Fernando VII. Nos trasladan con sus trabajos divulgativos, que la Inquisici\u00f3n no fue inventada en Espa\u00f1a, y es verdad, pues la primera Inquisici\u00f3n, llamada la episcopal, fue creada por medio de la bula papal <em>Ad abolendam<\/em>, promulgada a finales del siglo XII por el papa Lucio III como un instrumento para combatir la herej\u00eda albigense en el sur de Francia; y cincuenta a\u00f1os despu\u00e9s, en 1231-1233, el papa Gregorio IX cre\u00f3 mediante la bula <em>Excommunicamus<\/em> la inquisici\u00f3n pontificia, que se estableci\u00f3 en varios reinos cristianos europeos durante la Edad Media, a partir de varios decretos imperiales emitidos por Federico II. Sin embargo, creemos que no es el factor de su nacimiento, en un lugar tras los Pirineos, lo que se\u00f1ala y distingue a la Inquisici\u00f3n espa\u00f1ola, sino su entronque dentro del aparato del poder pol\u00edtico, es decir: la estatalizaci\u00f3n de la represi\u00f3n, yendo m\u00e1s all\u00e1 de la intolerancia religiosa y de la extirpaci\u00f3n de herej\u00edas; pues el Santo Oficio se convertir\u00e1 tambi\u00e9n en una Inquisici\u00f3n pol\u00edtica, que vigilar\u00e1 y castigar\u00e1 a los diversos sectores de la actividad social, a quienes no se ajustaran a las creencias y conductas previamente establecidas por el estado cat\u00f3lico espa\u00f1ol, incluyendo a los disidentes del poder real, convirti\u00e9ndose en un instrumento para suprimir impunemente a aquellas personas que interesaran a la Corona o al poder eclesi\u00e1stico, o bien con el fin codicioso de hacerse con sus bienes y propiedades. Las delaciones an\u00f3nimas, las detenciones que no se pod\u00edan prever ni sospechar, los encerramientos incomunicados que podr\u00edan durar a\u00f1os, la indefensi\u00f3n m\u00e1s absoluta para el detenido en cuanto a derechos, y la aplicaci\u00f3n la tortura para conseguir las confesiones; cre\u00f3 en Espa\u00f1a y sus posesiones territoriales, durante tres siglos y medio, un aut\u00e9ntico r\u00e9gimen de terror, que actuaba sobre sus indefensas presas, en el que desde un noble o un rico burgu\u00e9s, a un plebeyo, de integrantes del alto o bajo clero, o de un cargo destacado de la administraci\u00f3n o un simple funcionario, todos pod\u00edan ir a parar a los calabozos del Santo Oficio; y especialmente los hombres y mujeres de mentes libres: los fil\u00f3sofos, los escritores, los artistas, los librepensadores (cuantas mentes privilegiadas fueron secuestradas y aniquiladas durante aquellos tres siglos y medio), pues cualquiera pod\u00eda ser detenido sin explicaci\u00f3n alguna, y desaparecer en las tenebrosas c\u00e1rceles secretas de la Inquisici\u00f3n. \u00bfY los inventores..? Los inventores, tan necesarios para el progreso en cualquier parte del mundo, desaparecieron, se esfumaron&#8230; \u00bfQui\u00e9n iba a inventar y presentar proyectos para mejorar la vida laboral o la propia sociedad, en aquellas terribles condiciones?<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">Nuestros antepasados lo padecieron, fueron v\u00edctimas de aquel terror\u00edfico poder inquisidor, y tambi\u00e9n nuestro pa\u00eds y su historia, repercutiendo en su prosperidad, en su progreso, en su fama, en la anulaci\u00f3n de las influencias del movimiento humanista, en la forma alegre de ver la vida que hab\u00eda llegado como un aire fresco y renovador a trav\u00e9s del Renacimiento, y en secuestrarnos durante el siglo XVIII parte de la transmisi\u00f3n de la Ilustraci\u00f3n. Por sospechar de todo, los inquisidores llegaron a poner su vista tambi\u00e9n en \u201cEl Quijote\u201d, por esta frase que consideraron \u201cmuy peligrosa\u201d de don Quijote a Sancho: \u201cLas obras de caridad que se hacen tibia y flojamente no tienen m\u00e9rito ni valen nada\u201d. Y luego la parafernalia. El color negro se impuso, el color negro de la negra Inquisici\u00f3n; la humillante presencia de los penitentes marchando entre cirios encendidos, castigados con los picudos capirotes distintivos de \u201csus pecados\u201d, los entablados con los \u201csambenitos\u201d a cuestas durante a\u00f1os; los autos de fe convertidos en terror\u00edficos espect\u00e1culos, donde los m\u00e1s avispados, invirtiendo, sacaban dinero y se enriquec\u00edan con los alquileres de sillas y los estrados de madera en alto, para que los espectadores pudieran ver mejor y m\u00e1s c\u00f3modos los sufrimientos de los condenados\u2026 <\/span><\/strong><strong><span style=\"color: #000000;\">Pero detallemos algo m\u00e1s sobre estos negocios. En el caso de Valladolid, repasemos el \u00abauto de fe\u00bb de octubre de 1559, presidido por el propio rey Felipe II, en el que trece v\u00edctimas fueron quemadas en hogueras. Se hab\u00edan levantado una serie de p\u00falpitos independientes, uno para el predicador del serm\u00f3n que se inclu\u00eda en todo \u00abauto\u00bb, otro para los relatores, otro para los penitentes, un altar para oficiar la misa, etc&#8230; Partiendo de este cadalso central se colocaban grader\u00edas para el pueblo, alrededor de toda la plaza. El poder presenciar el \u00abauto\u00bb en ellas supon\u00eda la compra de una entrada, cara por lo general: \u00abHab\u00eda innumerables tablados en los cuales desde media noche y muchas horas antes hab\u00eda ya muchos hombres y mujeres de todas calidades, los cuales se alquilaban a muy excesivos y diferentes precios\u2026\u00bb, \u00ab&#8230; Hubo en la plaza m\u00e1s de doscientos tablados muy grandes y fuertes&#8230; alquil\u00e1ndose por cada persona unos a veinte reales y otros a doce y a trece, sac\u00e1ndose mucho dinero por la mucha gente que hab\u00eda\u00bb. Para calcular aproximadamente el precio debe tenerse en cuenta que el real equival\u00eda a 34 maraved\u00edes (unidad monetaria), y que el salario de un d\u00eda era en el siglo XVI de unos dos reales para un pe\u00f3n y tres para un artesano. \u00a1Ah! \u00a1El g\u00e9nero humano, a veces, parece cambiar poco en cuanto a sacarle partido econ\u00f3mico a las manifestaciones de la religiosidad!<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #800000;\"><strong>El aparato del estado puesto en marcha para que la instrucci\u00f3n fuera secreta y el acusado estuviera en una indefensi\u00f3n absoluta.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">Gran parte de lo que publicamos a continuaci\u00f3n est\u00e1 recogido de los escritos y libros del gran investigador de la Inquisici\u00f3n, Henry Kamen.<\/span><\/strong><br \/>\n<strong><span style=\"color: #000000;\">La instrucci\u00f3n inquisitorial sobre el detenido no se basaba en el principio de la presunci\u00f3n de inocencia, sino en la presunci\u00f3n de culpabilidad, por lo que era el acusado el que, carente absolutamente de medios y apoyo, ten\u00eda que demostrar su inocencia, y no el tribunal el que ten\u00eda que probar que era culpable, pues la \u00fanica tarea de la Inquisici\u00f3n era obtener de su prisionero el reconocimiento de su culpabilidad y una sumisi\u00f3n de penitente. Era esencial que el acusado se reconociera culpable y lo hiciera p\u00fablicamente, as\u00ed como que expresara p\u00fablicamente su arrepentimiento. Toda la instrucci\u00f3n era llevada en el secreto m\u00e1s absoluto, tanto para el p\u00fablico como para el propio reo, que no era informado de cu\u00e1les eran las acusaciones que pesaban sobre \u00e9l. La obsesi\u00f3n por el secreto llegaba hasta el extremo de que las Instrucciones de la Inquisici\u00f3n eran de uso interno exclusivamente y solo los inquisidores pod\u00edan tenerlas y consultarlas. Asimismo se prohib\u00eda certificar que alguien hab\u00eda sido condenado o detenido por la Inquisici\u00f3n, por lo que, como se\u00f1ala Joseph P\u00e9rez, \u00abuna persona no ten\u00eda posibilidad de probar que nunca hab\u00eda sido perseguida\u00bb. La instrucci\u00f3n del proceso inquisitorial se compon\u00eda de una serie de audiencias, en las cuales declaraban tanto los denunciantes como el acusado, pero separadamente, ya que se evitaba expresamente cualquier careo entre ellos, porque entonces el acusado conocer\u00eda a los testigos de cargo. De todo tomaba nota un secretario, y si el declarante no hablaba castellano se traduc\u00eda lo que hab\u00eda dicho, lo que daba lugar a tergiversaciones que levantaron las protestas, por ejemplo, de las instituciones del Principado de Catalu\u00f1a, aunque la Inquisici\u00f3n hizo caso omiso de ellas. Seg\u00fan Henry Kamen, \u00abuna de las peculiaridades del procedimiento inquisitorial que caus\u00f3 penalidades y sufrimientos a mucha gente fue la negativa a divulgar las razones para la detenci\u00f3n, as\u00ed que los presos pasaban d\u00edas, meses e incluso a\u00f1os, sin saber por qu\u00e9 estaban en las celdas del tribunal\u00bb. As\u00ed, en vez de acusar al preso, los jueces cuando lo interrogaban le invitaban a que dijera por qu\u00e9 hab\u00eda sido detenido y a que lo confesara todo, lo que se repet\u00eda en los siguientes interrogatorios. \u00abCon esta forzada falta de conocimiento sobre la acusaci\u00f3n se lograba el efecto de deprimir y quebrantar la moral del preso. Si era inocente, quedaba hecho un mar de confusiones sobre lo que habr\u00eda de confesar, o bien confesaba delitos de los que ni siquiera le estaba acusando la Inquisici\u00f3n; si era culpable, quedaba con la duda de qu\u00e9 parte sabr\u00eda realmente la Inquisici\u00f3n, y de si no ser\u00eda un truco para obligarle a confesar\u00bb. Pasados tres interrogatorios de este tipo sin que confesara, se le mostraban los cargos que hab\u00eda contra \u00e9l \u2014que generalmente eran muy imprecisos ya que se suprim\u00edan los nombres de los testigos y cualquier indicio que pudiera ayudar a indentificarlos, lo que provocaba la indefensi\u00f3n del detenido\u2014 y se le nombraba un abogado de los que trabajaban para la Inquisici\u00f3n. Un preso de Valencia le dijo en 1559 a su compa\u00f1ero de celda que aunque el Inquisidor le diera un abogado, no le dar\u00eda ninguno bueno, sino un individuo que har\u00eda lo que el Inquisidor quisiera, y que si por casualidad pidiera un abogado o un procurador que no fuera de la Inquisici\u00f3n, no le servir\u00edan, ya que si se opon\u00edan a los deseos de los Inquisidores, ya se encargar\u00edan de acusarles de falsas creencias o de falta de respeto y los meter\u00edan en la c\u00e1rcel. La misi\u00f3n fundamental del abogado no era, pues, defender al acusado, sino incitarle a confesar. Adem\u00e1s no pod\u00eda hablar a solas con el detenido y siempre ten\u00eda que estar presente un inquisidor en la entrevista. Para defenderse el acusado pod\u00eda recurrir a tres procedimientos: el \u00abproceso de tachas\u00bb, que consist\u00eda en dar una lista con los nombres de personas que quisieran perjudicarle \u2014esta era el \u00fanico medio que ten\u00eda para recusar a un testigo, ya que no conoc\u00eda qui\u00e9nes eran, aunque si alguno aparec\u00eda en la lista su testimonio no era admitido\u2014; el \u00abproceso de abonos\u00bb, presentar testigos en favor de su moralidad; y el \u00abproceso de indirectas\u00bb, aportar declaraciones o hechos que indirectamente pudieran probar que las acusaciones eran falsas. Tambi\u00e9n pod\u00eda recusar a los jueces pero este era un recurso muy poco utilizado excepto si pod\u00eda probar que eran sus enemigos personales, como sucedi\u00f3 en el proceso de Carranza. M\u00e1s frecuente era alegar locura, embriaguez, extrema juventud, etc. para conseguir la benevolencia del tribunal, y en alg\u00fan caso se consegu\u00eda. El peor inconveniente [de la instrucci\u00f3n inquisitorial], desde el punto de vista del preso, era la imposibilidad de una defensa adecuada. El papel de su abogado estaba limitado a presentar art\u00edculos de defensa a los jueces; aparte de esto no se permit\u00edan m\u00e1s argumentos ni preguntas. Esto significaba que, en realidad, los inquisidores eran a la vez juez y jurado, acusaci\u00f3n y defensa, y la suerte del preso depend\u00eda enteramente del humor y el car\u00e1cter de los inquisidores.<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #800000;\"><strong>Tortura.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">Antes de comenzar, queremos citar que a los crucifijos que presid\u00edan las l\u00f3bregas c\u00e1maras de tortura inquisitoriales, se les tapaba con un velo negro para que \u201clos cristos no vieran los horrores\u201d a los que eran sometidas las v\u00edctimas, por los verdugos mandados por los religiosos dominicos. Es decir, que aquellos religiosos sin misericordia, estimaban que el Cristo que ellos mismo dec\u00edan que lo ve\u00eda todo, ahora con un velo bochornoso, le iban a tapar la visi\u00f3n de la impiedad humana que comet\u00edan.<\/span><\/strong><br \/>\n<strong><span style=\"color: #000000;\">Los procedimientos de tortura m\u00e1s empleados por la Inquisici\u00f3n fueron tres: la \u00abgarrucha\u00bb, la \u00abtoca\u00bb y el \u00abpotro\u00bb. El tormento de la garrucha consist\u00eda en colgar al reo del techo con una polea por medio de una cuerda atada a las mu\u00f1ecas y con pesos atados a los tobillos, ir iz\u00e1ndolo lentamente y soltar de repente, con lo cual brazos y piernas sufr\u00edan violentos tirones y en ocasiones se dislocaban. La toca, tambi\u00e9n llamada \u201ctortura del agua\u201d, consist\u00eda en atar al prisionero a una escalera inclinada con la cabeza m\u00e1s baja que los pies e introducir una toca o un pa\u00f1o en la boca a la v\u00edctima, y obligarla a ingerir agua vertida desde un jarro para que tuviera la impresi\u00f3n de que se ahogaba. En una misma sesi\u00f3n se pod\u00edan administrar hasta ocho c\u00e1ntaros de agua. En el potro el prisionero ten\u00eda las mu\u00f1ecas y los tobillos atados con cuerdas que se iban retorciendo progresivamente por medio de una palanca.<\/span><\/strong><br \/>\n<strong><span style=\"color: #000000;\">El escribano que estaba presente en la sesi\u00f3n de tortura recog\u00eda absolutamente todos los detalles y \u201canotaba cada palabra y cada gesto, d\u00e1ndonos con ello una impresionante y macabra prueba de los sufrimientos de las v\u00edctimas de la Inquisici\u00f3n\u201d. <\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">El siguiente documento es un ejemplo de estos procesos de tortura y lo que consegu\u00edan. Se trata de una mujer judeoconversa acusada de seguir practicando su antigua religi\u00f3n por no comer carne de cerdo y cambiarse de ropa los s\u00e1bados (aunque ella cuando es puesta en el potro desconoce completamente la acusaci\u00f3n y lo que han afirmado los testigo de cargo, pues esta era la forma de actuar de la Inquisici\u00f3n: que el reo confesara sin que se le dijera de qu\u00e9 se le acusaba). Se orden\u00f3 que fuera puesta en el potro, y ella pregunt\u00f3: \u00abSe\u00f1ores, \u00bfpor qu\u00e9 no me dicen lo que tengo que decir? Se\u00f1or, p\u00f3nganme en el suelo, \u00bfno he dicho ya que hice todo eso?\u00bb. Le pidieron los inquisidores que lo dijera. Y ella respondi\u00f3: \u00abNo recuerdo, qu\u00edtenme de aqu\u00ed. Hice lo que los testigos han dicho\u00bb. Le pidieron que explicara con detalle qu\u00e9 es lo que hab\u00edan dicho los testigos. Y ella replic\u00f3: \u00abSe\u00f1or, como ya le he dicho, no lo s\u00e9 seguro. Ya he dicho que hice todo lo que los testigos dicen. Se\u00f1ores, su\u00e9ltenme, por favor, porque no lo recuerdo\u00bb. Le pidieron que lo dijera. Y ella respondi\u00f3: \u201cSe\u00f1ores, esto no me va a ayudar a decir lo que hice y ya he admitido todo lo que he hecho y que me ha tra\u00eddo a este sufrimiento. Se\u00f1or, usted sabe la verdad. Se\u00f1ores, por amor de Dios, tengan piedad de m\u00ed. \u00a1Oh, se\u00f1or! Quite estas cosas de mis brazos, se\u00f1or, su\u00e9lteme, me est\u00e1n matando\u201d. Fue atada en el potro con las cuerdas, y amonestada a que dijera la verdad, se orden\u00f3 que fueran apretados los garrotes. Ella dijo: \u00abSe\u00f1or, no ve que estas personas me est\u00e1n matando? Lo hice, por amor de Dios, dejen que me vaya\u00bb. <\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">Da terror leer este documento, donde una mujer totalmente aterrada e indefensa, sin ayuda ni derecho alguno, suplica no ser torturada, y que dir\u00e1 absolutamente todo lo que quieran los inquisidores, todo&#8230; Este fue el proceder \u201ccristiano\u201d, ajeno a una m\u00ednima piedad con un ser humano, con el que actuaba el Tribunal del Santo Oficio. No hay \u00abmaquillaje\u00bb ni \u00abpomadas\u00bb suficientes en nuestro pa\u00eds para tapar esto.<\/span><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Asociaci\u00f3n Torrijos 1831\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a029\/03\/2026 A finales de 1817, el general Jos\u00e9 Mar\u00eda Torrijos y Uriarte fue trasladado a la c\u00e1rcel de la Inquisici\u00f3n de Murcia, donde comparti\u00f3 l\u00f3bregos calabozos con significativos constitucionalistas, como Romero Alpuente o Ignacio L\u00f3pez Pinto, entre otros. 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